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¿Cómo comprar?

Las instituciones de carácter público o privadas que comprometan fondos del Estado, tienen a su disposición una serie de alternativas para efectuar sus compras de obras, bienes y servicios, para poder iniciar con el ciclo de compra cada institución deberá:

  1. Publicar en COMPRASAL su Planificación Anual de Compras (PAC), según lo establece la Ley de Compras Públicas.
  2. Que la máxima autoridad de la institución nombre a los Jefes de las Unidad Financiera Institucional (UFI) y Unidad de Compras Públicas (UCP), a su vez, ambos crean usuarios en COMPRASAL para sus técnicos en ambas unidades.
  3. El Jefe de la UFI debe de crear las unidades solicitantes con el techo presupuestario establecido para cada uno de ellos, mientras que el Jefe UCP debe asignar las jefaturas de cada unidad solicitante.

Posterior a los registros de usuarios para que el proceso inicie es necesario que las unidades soliciten a la UCP, aquellos insumos que necesita adquirir; luego, la UCP consulta la disponibilidad presupuestaria a la UFI y de haber disponibilidad, la solicitud es analizada por parte de la UCP para validar que esta cumpla con los requisitos legales establecidos en la Ley de Compras Públicas.

Una vez establecido lo anterior, el jefe UCP procede a publicar en COMPRASAL el respectivo proceso de compras.